jueves, 26 de julio de 2018

Atención a la víctima


Resultado de imagen para oficina de información y orientación a la victima costa rica      Aunque la víctima era descuidada, se ha trabajado mucho en poder brindarles una mayor atención y protección a lo largo del tiempo incluso en 1998 se propuso crear una oficina para brindarles mayor atención; pero fue hasta el año 2000 que Mayra Campos y Fernando Cubero hicieron la propuesta y se concretó,  llamada así oficina de orientación y orientación a la víctima.

     Gracias a ello todos tienen acceso cuando así lo ameriten, niños, jóvenes, adultos, adultos mayores, mujeres etc. indiscutiblemente tres de ellos son los más vulnerables a hacer victimas por el hecho delictivo, solo por su edad, sexo o meramente del lugar donde viven o residen.

A manera cuando se tratan de delitos por violación, abuso sexual o incluso con el hecho de presenciar un homicidio se necesita una pronta intervención más cuando se trata de niños o mujeres; por eso marca diferentes puntos que se deben de tomar en cuenta a la hora de un hecho ilícito denunciado más cuando es por violación sexual:

Ø  Prontitud del Proceso e Interés Superior del Niño
Ø  Privacidad de la diligencia judicial y auxilio pericial
Ø  Derecho de información
Ø  Consentimiento de la víctima
Ø  Forma del interrogatorio
Ø  Procedencia de preguntas y entrevistas
Ø  Condiciones de la entrevista
Ø  Asistencia profesional especializada
Ø  Declaración del niño, niña o adolescente
Ø  Derecho de imagen
Ø  Derecho a la confidencialidad
Ø  Anticipo jurisdiccional de prueba
Ø  Capacitación judicial
Ø  Tiempo de espera
Ø  Referencias técnicas en caso de abuso sexual
Ø  Referencias técnicas en caso de abuso sexual
Ø  Acompañamiento a pericias corporales
Ø  Participación en el peritaje
Ø  Condiciones del debate
Ø  Identificación de Expedientes

     Independientemente del delito que sea todos tienen derecho a la confidencialidad, no se puede andar contando todo lo que sucede a cualquier persona, de hecho cuando se trata de entrevistas debe de darse en un lugar seguro, tranquilo tanto para el entrevistador como la persona que va a relatar los hechos. E incluso que estén presentes siempre los especialistas que llevan el caso para reconocer y dar seguridad a las diferentes técnicas que se deben de dar.

Mediante esta oficina tiene el objetivo de “evitar la revictimización o victimización secundaria de las personas que han sido objeto de algún delito” a fondo que la persona se sintiera en confianza y se le tratara de la mejor manera mediante apoyo especializado, relativamente de la mano con la protección procesal y  extraprocesal.

Esta oficina divide sus tareas en dos programas: programa de atención y programa de protección, entendiéndose que esta oficina tiene un plan por el cual ejecutar y velar para cumplir con las funciones. En el siguiente vídeo quedara mas claro la función de dicha oficina.


Oficina de la defensa civil de las victimas
Esta oficina “Tiene como función garantizar el resarcimiento económico a la víctima del delito, mediante la acción civil resarcitoria. Para cumplir esta tarea, se le asigna a la víctima un abogado, quien se encargará de que el responsable pague los daños causados” (Arias & Barrantes, 2013)
Por eso en el siguiente enlace se puede ver esta indemnización sobre una noticia desarrollada en Liberia, Guanacaste por un homicidio múltiple la cual el acusado tiene que pagarle a uno de los familiares por el daño causado:





Bibliografía
Arias, A & Barrantes, M (2013) La participación de la víctima de delitos sexuales durante la fase de ejecución dentro del proceso penal costarricense. Tesis. San José, Costa Rica. Universidad de Costa Rica

Arce, S (05 octubre del 2014) Labores de Oficina de atención a la víctima. Recuperado de Arce, S (05 octubre del 2014) Labores de Oficina de atención a la víctima. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=TglykbNW-UA


miércoles, 25 de julio de 2018

El renacimiento de la víctima dentro del proceso penal


Es importante conocer que la víctima ha ido reapareciendo poco a poco con el pasar del tiempo, indiscutiblemente antes no tenía participación, simplemente era olvidada o por sus propios medios u familiares se vengaban del acto ilícito; acotaban a aquello que se conoce como la ley del talión, percibido como ojo por ojo y diente por diente tomando la justicia por sus propias manos. Nótese el significado de víctima:

Victima
      La Enciclopedia Jurídica Omeba, la define como: “…la persona que sufre un daño por culpa ajena o por caso fortuito, entendiéndose por daño, el detrimento, menoscabo, lesión o perjuicio que de cualquier modo se provoca”. (Arias & Barrantes,2013)

      A manera que fue surgiendo dentro del derecho penal, se fueron incrementando sus derechos, de igual forma se les acercaba más a la reparación del daño ejecutándose por vías de profesionales especializados en diferentes áreas que colaboraran en la resocialización entre ellos criminólogos, trabajadores sociales, asesores legales, psicólogos y otros que son de suma importancia.

     La cual le permitió ser parte de todos aquellos hechos punibles, de forma que se pudiera aclarar el hecho, o simplemente poder ir detrás de algún sospechoso, sirviendo como un instrumento que a cabalidad tomo su espacio, en incluso cuando se da a conocer y pasan hacer testigos a algunos si lo requieren se les da protección resguardando si integridad y seguridad ante diferentes factores sociales.

Reformas  por medio del ordenamiento jurídico penal:

 
   Ø  Código de procedimientos Penales 1910.
   Ø  Código de procedimientos Penales 1973.
   Ø  Código Procesal Penal 1998.



A partir de ahí es donde se le toma más posesión a la ciudadanía, reconociendo que ellos podían dar a conocer una noticia criminis una forma de intervenir los lugares donde se presentaban los hechos, de manera que se fue instando en dar solución a los conflictos que se daban entre sí.

Como al principio se mencionó a la víctima se le otorgaron derechos, así lo revela el código procesal penal en el art 71 algunos de ellos son:

Ø  A recibir un trato digno
Ø  A que se consideren sus necesidades especiales, tales como limitaciones físicas, sensoriales o mentales, así como las diferencias sociales, culturales o étnicas.
Ø  A ser informada

Cuando un sujeto pasa a ser víctima, independientemente del delito que sea, necesita ser intervenido debe de tener un trato justo, no se puede comparar a una persona que viva en una zona aislada “rural” a una zona urbana, por eso se debe trabajar acorde a las necesidades de cada víctima de manera que se le brinde una adecuada atención sin que este vuelva hacer revictimizado.

 Para mayor entendimiento les dejo este video que en pocas palabras explica la importancia del renacimiento de la víctima según la corte interamericana de derechos humanos:



    Bibliografía


Arias, A & Barrantes, M (2013) La participación de la víctima de delitos sexuales durante la fase de ejecución dentro del proceso penal costarricense. Tesis. San José, Costa Rica. Universidad de Costa Rica

Código procesal Penal. Ley No.7594. San José. 1 de enero de 1998
IJPPtv. (19 mayo 2014) El rol de la víctima en el proceso penal según la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=odTOrLceXRQ