viernes, 27 de julio de 2018

Procedimiento Intermedio


“El aspecto fundamental de la etapa intermedia es el examen de la acusación y de la querella, para determinar si corresponde remitir el asunto a juicio oral y público, desde esta perspectiva cumple una función de control de las mismas”. (Arias & Barrantes, 2013).  Es pocas palabras el objeto de este es que el juez pueda examinar si existe o no para someter a un sujeto a un juicio en que sea de su incumbencia, a modo que si se cierra la fecha límite de investigación  se procederá a dar inicio al juicio de manera respectiva y formal.

El procedimiento intermedio constituye el momento procesal para una determinada solución para el caso, pues en él convergen todos los sujetos para definir el rumbo o el curso del procedimiento entre muy diversas opciones y por otro lado, también configura el órgano jurisdiccional formal y oral. (Arias & Barrantes, 2013).

El procedimiento intermedio, ejerce vigilancia sobre la actividad del fiscal. Se tiene dos tipos de controles sobre la función requisitoria del Ministerio Público, uno formal y uno sustancial. El formal obedece principalmente al control del cumplimiento de aquellos requisitos y presupuestos establecidos por ley. Mientras que el sustancial refiere al mérito de dicha actividad. A manera que con esta fase es en la que se da inicio para la preparación del juicio; es por ende que gracias a esos controles se da búsqueda a un sospechoso, mediante la identificación del mismo.

Sobreseimiento

Existen dos tipos de sobreseimiento:

Sobreseimiento definitivo se basa en un juicio de certeza, determinando la falta de responsabilidad del imputado en los hechos que se le reprochan, o bien, en aquellos casos en los que es imposible incorporar al proceso para ser valorados nuevos elementos de prueba. Declarando que se ha terminado el proceso ante la cosa juzgada de forma que no hay elementos que inculpen a un sujeto o simplemente no se pueden aportar pruebas

Sobreseimiento provisional quede limitado a aquellos casos en los que existe alguna posibilidad real y concreta de que la investigación sea reanudada o aparezca algún nuevo elemento de prueba. Al igual que el definitivo se puede paralizar el juicio a manera que este provisional se puede aportar nuevas pruebas que fueron surgiendo en la primera fase investigativa.

Audiencia preliminar

En este caso el juez deberá de convocar a la víctima, defensor, fiscal e imputado, no es necesario que se de en presencia de todo un público, sino que con que estén los sujetos procesales que al fin y al cabo hacen de esto algo fundamental.


La audiencia preliminar constituye una actuación oral, a la que concurren las partes y el tribunal, con el fin de exponer los puntos de vista sobre las solicitudes formuladas por el Ministerio Publico y el querellante, y además donde pueden hacer que se reciben algunos elementos probatorios con el fin de adoptar alguna resolución conclusiva en la etapa intermedia. (Arias & Barrantes, 2013).
  
Emplazamiento

Consiste en ese traslado que se hace oficialmente de la acusación o la querella al imputado, con el objetivo de fomentar entre las partes el contradictorio y preparándolo para un eventual juicio. (Arias & Barrantes, 2013). Debido a que mediante esta las partes ya deben de ir conociendo todo lo formulado para dar inicio a la etapa de juicio  para poder ir preparándose con todo aquello que fue formulado e investigado. De cierto modo que dará un plazo para poder presentarse a un tribunal.

Desarrollo de la audiencia
Se requiere la presencia del juez, el representante del Ministerio Público y la del defensor. En el caso en que sea el defensor quien se ausente, es posible sustituirlo para los efectos de ese acto, pero su inasistencia sin motivación válida se podrá considerar abandono de la defensa.

Participación de la victima
La victima es parte fundamental e importante, debido a la información que esta brinda para que se pueda dar a conocer los hechos que incurrieron cuando el  sospechoso tomo como blanco a la víctima. De forma que con su relato se puede obtener más información detalladamente.

Bibliografía

  
Arias, A & Barrantes, M (2013) La participación de la víctima de delitos sexuales durante la fase de ejecución dentro del proceso penal costarricense. Tesis. San José, Costa Rica. Universidad de Costa Rica



1 comentario:

  1. Buenas compañera, es un hecho que las personas que más sufren de este proceso son las víctimas y sus familiares, muchas veces estos espacios se convierten en escenarios donde las víctimas vuelven a pasar y retomar el conflicto o hecho delictivo vivido. Recordemos que cuando se llega a la etapa del juicio han pasado muchos años desde la captura del delincuente y las víctimas han sido parte primordial de todo este proceso, por lo las heridas y la escena vivida siempre está presente.

    Pero debemos recordar que no siempre la víctima es la parte fundamental en un juicio, también lo son las pruebas que se recolectan en el lugar de los hechos, tales pruebas son fundamentales ante un juzgado.

    Un ejemplo de esto es el caso de Gerardo Ríos Mairena, quién es el presunto culpable de asesinar a cinco muchachos universitarios en Liberia, se contaba con la testificación de la única sobreviviente y víctima del crimen pero las pruebas físicas recolectadas en el lugar fueron el punto primordial para identificar al hasta ahora único culpable.

    Adjunto una noticia de lo fuerte que se puede tornar un juicio de esta índole cuando estando presente todos los familiares se hacer reseña de los sucesos realizados el día del crimen.

    https://www.nacion.com/sucesos/judiciales/video-inicia-juicio-contra-sospechoso-por/a72072a0-9e15-4805-b4cd-100dcb6c9d1d/video/

    ResponderEliminar